ACTA Nº 1 – JUNTA ELECTORAL – P.A.S.O.2021
En la localidad de Florida, partido de Vicente López, provincia de Buenos Aires, a los 26 días del mes de julio de 2021, se reúnen en el local de calle Blas Parera 1675, se reúne la Junta Electoral y, luego de efectuar el análisis de la documentación presentada por la única Lista de precandidatos y, luego de revisar la carga efectuada en el Sistema SPC, Resuelven: 1. APROBAR la Lista Nº 1 - LETRA A – LIBERTAD por haber cumplimentado en su totalidad los requerimientos de la Honorable Cámara Nacional Electoral; 2. OFICIALIZAR la Lista Nº 1 - LETRA A – LIBERTAD. 3. Proclamar como precandidatos de la Lista Nº 1 - LETRA A – LIBERTAD a los ciudadanos que en Anexo se acompaña y forma parte de la presente. 4. Incorporar como integrante a esta Junta Electoral en función de las previsiones del Reglamento Electoral y el Decreto 443/11 a Luis Fernando Gallardo, D.N.I.: 10.538.823, en representación de la Lista Nº 1 - LETRA A – LIBERTAD. 5. COMUNICAR a la justicia electoral que la apoderada de la Lista Nº 1 - LETRA A – LIBERTAD será María Trinidad Muñoz Cardinale, D.N.I.: 12.074.675 y el responsable económico financiero de la Lista Nº 1 - LETRA A – LIBERTAD será Ernesto Raúl Habra, D.N.I.: 10.293.696, quienes serán conjunta o indistintamente, responsables de los libramientos. 6. COMUNICAR a la justicia electoral que también será apoderado a los fines de atender las obligaciones legales y representación procesal respectiva y realizar las presentaciones por ante la Justicia Electoral Federal y/o realizar todo trámite de la Lista Nº 1 - LETRA A – LIBERTAD: NAHUEL SOTELO LARCHER, D.N.I.: 38.417.753. 7. COMUNICAR a la justicia electoral que el responsable técnico de campaña electoral y representante tecnológico para actuar ante la DIRECCIÓN NACIONAL ELECTORAL designado por la Lista Nº 1 - LETRA A – LIBERTAD es Francisco Yegros, D.N.I.: 12.034.765. Previa lectura y ratificación de su contenido se firman cinco (5) ejemplares de un mismo tenor, uno para archivo de la Junta Electoral, uno para archivo de las autoridades de cada uno de los partidos y uno para ser remitido al Juzgado Federal con competencia electoral, en el lugar y fecha indicados.
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